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Domingo, 22 Diciembre 2024

 

                                               

Se publicó el decreto reglamentario que reactiva la obra privada en Mendoza


Contiene el protocolo para evitar la transmisión de coronavirus en la construcción civil y la declaración jurada con la que deberán circular los actores involucrados en esta nueva excepción.

La noche del jueves, el Gobernador Rodolfo Suarez recibió de parte de la Nación la notificación de que Mendoza entraba en el paquete de las provincias que iban a poder habilitar la obra privada.

Esta excepcionalidad había sido pedida por Mendoza el 16 de abril, junto con el protocolo sanitario de funcionamiento correspondiente. La autorización fue dada por el Gobierno nacional el jueves 23 a última hora, bajo la Decisión Administrativa 625/2020.

“Hace unos minutos me notificaron desde Nación que fue aprobada nuestra solicitud para reactivar la obra privada”, comentó esa noche, mediante Twitter, Rodolfo Suarez.

“Desde el Gobierno hemos diseñado un protocolo que establece las condiciones para que esta actividad pueda llevarse a cabo bajo los resguardos sanitarios necesarios y que son de exigencia obligatoria mientras dure la emergencia”, concluyó su hilo el jefe provincial.

De esta manera, Mendoza –junto a San Juan, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Entre Ríos, Salta, La Pampa y Jujuy– comenzará a aplicar un protocolo para evitar la transmisión de coronavirus en la construcción civil. El protocolo fue revisado por el Comité de Vigilancia Epidemiológica del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y el Ministerio de Gobierno de la Provincia.

El Poder Ejecutivo provincial reglamenta la actividad mediante el Decreto 561/2020, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en DNU 297/2020, artículo 6°, penúltimo párrafo.

¿Cómo circular?

Para circular, quienes estén alcanzados por esta nueva reglamentación deberán completar una declaración jurada que se encuentra al final del Decreto Reglamentario provincial. Es necesario ese formulario firmado, además de una copia del decreto propiamente dicho.

Por su parte, para que la Provincia pueda tener una administración y seguimiento, también se deberá completar un registro de obras privadas en el siguiente enlace: https://buhogestion.mendoza.gov.ar/obraprivada.

Ese formulario lo deberán completar aquellas empresas, profesionales, propietarios o comitentes que decidan retomar sus actividades, a efectos de identificar dónde se ejecutan o se ejecutarán las obras y cantidad de personal previsto para que intervenga en cada una.

Condiciones generales del protocolo

La autoridad de aplicación es la Dirección de Fiscalización y Control, dependiente de la Subsecretaría de Industria y Comercio. Se podrán firmar convenios con los municipios para que presten colaboración en el cumplimiento de los protocolos.

Alcances: albañiles, profesionales y técnicos de obra de todas las categorías, pintores de obra, plomeros, gasistas, electricistas, yeseros, constructores de tabiquería y construcción en seco, fleteros, tramitadores, inspectores de obra y demás servicios que tengan actividades en mantenimiento, remodelaciones y construcciones de obras nuevas, incluidas instalaciones.

• El trabajador deberá llenar la declaración jurada de Salud.

• Se deberá usar máscara protectora facial durante toda la jornada de trabajo y en el trayecto desde y hacia la obra, pudiendo ser suplantada por protectores de nariz y boca y lentes protectores de ojos.

• Mismo requerimiento de uso de protección facial para profesionales, inspectores municipales o de cualquier trabajador de ente prestador de servicio, propietarios y cualquier persona que deba ingresar a la obra.

• El empleador, comitente y/o propietario deberá proveer a los profesionales intervinientes y a los trabajadores de un certificado de circulación para ser presentado ante la autoridad policial de control (artículo 6, DNU 219/2020). En caso de independientes, tramitar el permiso a través de la página de AFIP. En caso de no poder realizarla, se podrá utilizar la declaración jurada habilitada por la Provincia de Mendoza.

• Las empresas, propietarios o comitentes que decidan retomar sus actividades deberán declarar dirección de donde se ejecutan o se ejecutarán las obras y cantidad de personal previsto para que intervenga en cada una, en el registro creado a tal fin en el Ministerio de Economía y Energía de la Provincia de Mendoza. Este registro será temporal y abarcará el período que rija el cumplimiento del protocolo.

• El horario autorizado de trabajo será de lunes a viernes de 9 a 17 y los sábados de 9 a 14. Se considerará una hora previa y una hora posterior para el arribo y el regreso.

• Los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos de riesgo enunciados en el Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional poseerán licencias, las cuales no afectarán la percepción de las remuneraciones normales y habituales.

• Evitar agrupamientos, eso es, no más de cinco personas por sector de la obra y, entre estas, mantener la distancia social de dos metros. Definir la mayor cantidad posible de tareas por medios electrónicos como celulares o por correo electrónico. En caso de indicaciones en tareas de obra de manufactura, se deberá respetar la distancia establecida.

• Se debe resguardar la integridad física de los trabajadores, evitando situaciones de hacinamiento y asegurando condiciones de limpieza y ventilación del lugar. También, incorporar una desinfección frecuente de la obra.

• Los comedores o área destinada para la alimentación –si los hubiere– deberán tener turnos rotativos, garantizando el distanciamiento social recomendado durante las comidas. De no contar con ese lugar, deberán destinar un espacio que reúna las condiciones mínimas de garantía sanitaria. Es obligatorio el lavado de manos de todo el personal antes de cada comida todas las veces que resulte necesario.

• No compartir vasos, utensilios de cocina, cubiertos, vasos, platos, tazas, bombillas, mate, recipientes de plástico o metal, entre otros, y todo aquello que contribuya a la propagación del coronavirus. Estos implementos serán personales y cada usuario deberá traerlos correctamente lavados desde sus casas y hacer lo propio antes de regresar.

• La empresa, propietario o comitente deberá generar espacios adecuados para que el trabajador pueda realizar correctamente el lavado de manos. En ese sector deberá existir un kit higiénico (lavabo, jabón y toallas descartables) e incluir con señalética apropiada que incentive el correcto uso de los elementos. Colocar también y en formato visible el afiche editado por el Ministerio de Salud de la Nación como también el presente protocolo.

• En caso de no existir sanitarios, se deberán proveer baños químicos, que deberán desinfectarse cada vez que se utilicen.

• Si en el lugar de trabajo o en sus domicilios se presentan síntomas como fiebre, dolor de garganta, tos seca, dificultad para respirar o diarrea, el personal está obligado a informarlo a sus empleadores, quienes seguirán con el protocolo correspondiente y deberán avisar a Emergencias de Epidemiología al número 0800 800 2684 y cumplir las indicaciones impartidas.

• Si el trabajador se encuentra en su domicilio con alguna de estas sintomatologías, debe consultar inmediatamente a su médico de cabecera o al que la empresa lo determine y no asistir al lugar de trabajo con síntomas.

• Garantizar la utilización de alcohol en gel o alcohol común de 96% o 97% (7 partes de alcohol en 3 partes de agua).

• Toser o estornudar sobre el pliegue del codo. No tocarse la cara con las manos.

• Los conductores de vehículos que se acerquen o ingresen a la obra deben esperar en la cabina del vehículo, no deben bajarse.

• Mantener el distanciamiento social. La comunicación entre personas debe ser a una distancia de dos metros, que también habrá que cuidar a la hora de consultar planos, los cuales deberán estar sin plegar, pegados en una pieza rígida y colgados en algún elemento vertical, no dentro del obrador.

• Al entrar al obrador para ingresar o retirar materiales no deberán hacerlo más de dos personas y siempre deberán utilizar sus máscaras protectoras faciales.

• No compartir megáfonos, radios, teléfonos ni micrófonos.

• No realizar eventos o reuniones sociales en obra.

• En caso de que en la obra asistan simultáneamente más de dos operarios, se deberá contar con la presencia de un técnico en Higiene en Seguridad que certifique el cumplimiento del presente protocolo y que previamente sea quien capacite a personal de la construcción, técnicos y propietarios respecto del protocolo de prevención de coronavirus.

• Cada día, al finalizar sus tareas, los trabajadores deberán cambiarse de ropa en la obra, por lo que no deberán retornar a sus hogares con la misma indumentaria de trabajo.

• Disponer, tanto en la obra como el transporte de materiales y personal relacionado, de tapabocas, protecciones oculares, guantes y alcohol en gel al 70 por ciento.

• La compra/venta de insumos o materiales en corralones o negocios afines a la construcción no podrá ser presencial. La operación deberá hacerse por las vías que ayuden a cumplir con el distanciamiento social (telefónica o por internet), y la empresa proveedora se hará responsable de que el producto llegue a destino.

• Al iniciar la jornada de trabajo, las herramientas deben desinfectarse previamente a ser utilizadas. No compartir herramientas y/o maquinarias de trabajo e higienizarlas de manera frecuente. Antes de un relevo en la operación de la maquinaria, limpiar y desinfectar adecuadamente el puesto de trabajo.

• En el caso de uso compartido de vehículos de asistencia técnica (por ejemplo, camionetas), desinfectar de manera regular volante, tablero, puertas y picaportes, espejos, entre otras cosas, la opción recomendable para evitar contagios es evitar el uso compartido.

• Se deben evitar las congestiones de vehículos, coordinando el horario de ingreso y egreso a la obra.

• Para desplazamientos desde y hacia el trabajo, evitar el hacinamiento en autos o camionetas; en distancias cortas, se recomienda caminar o utilizar bicicleta o motos. En distancias mayores, se recomienda contratar vehículos de transporte de pasajeros y que sean sus choferes quienes colaboren en cumplir el protocolo sanitario, controlando que cada pasajero tenga las protecciones adecuadas y que no exceda la capacidad de pasajeros sentados por vehículo. Contar con el transporte público como última alternativa solicitando al usuario que utilice protección facial (bucal, nasal y de ojos), pudiendo ser la máscara integral o barbijos y anteojos, y no se podrá subir al vehículo sin tenerlos colocados.

• La empresa, el propietario y/o el contratista realizarán un registro de asistencia diaria a la obra consignando todos los datos de las personas. El registro deberá estar a disposición de las autoridades que lo soliciten y deberá coincidir con el personal autorizado previamente a esos efectos.

• En caso de que se produzca un caso positivo verificado en obra, se deberán paralizar los trabajos por 14 días y realizar la desinfección de rigor previo a retomar la actividad.

• Los municipios deberán informar a Catastro Provincial acerca de las obras en ejecución y paralizadas que existan en sus departamentos.

• Los profesionales deberán hacer sus trámites de aprobación de planos y pedidos de inspecciones de forma remota sin asistir presencialmente a los municipios.

• El cumplimiento del presente protocolo deberá ser controlado por la empresa constructora, por el profesional de obra, por el propietario y por la administración de los barrios cerrados (en caso de obras a realizarse en su interior), en colaboración y en forma solidaria con las autoridades de los gobiernos municipal y provincial.

  

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